28/06/2025

La Caja de Seguridad Social para Abogados establece un nuevo régimen para el beneficio de Pago Diferido

La Caja de Seguridad Social para Abogados de la Provincia de Salta, a través de la Resolución N° 4451/25, dispuso la derogación de las Resoluciones N° 2835/18 y 4338/24 y la creación de un nuevo marco normativo que regula el Beneficio de Pago Diferido para el aporte previsional inicial contemplado en el artículo 23 inciso a) del Decreto Ley N° 15/75.

Esta medida surge a partir de una profunda evaluación institucional que identificó graves incumplimientos por parte de entidades beneficiarias, entre ellos: falta de registración previa de los procesos judiciales o administrativos, errores en el cálculo de intereses, demoras o moras en los depósitos de aportes, y ausencia de informes obligatorios. Estas irregularidades impactaron de forma directa en la liquidez, sustentabilidad y capacidad operativa de la Caja, generando un perjuicio económico significativo para el sistema solidario previsional que sostiene a los abogados y procuradores activos, jubilados y derechohabientes.

El nuevo régimen establece de forma clara que:

  • El beneficio se circunscribe exclusivamente al pago inicial del 2% conforme al art. 23 inc. a) del Decreto Ley N° 15/75.
  • Se excluye expresamente del beneficio a la estampilla previsional del art. 23 inc. b).
  • Sólo podrán acceder al beneficio instituciones públicas estatales, municipios, personas jurídicas de derecho público no estatal, sindicatos y entidades privadas de interés público, previa autorización y suscripción de un Convenio Marco con la Caja.
  • Se crea un Registro de Beneficiarios de Pago Diferido, bajo la órbita de la Secretaría Administrativa, con exigencias estrictas de control, documentación y actualización.
  • Se establecen plazos estrictos para el pago de aportes e intereses una vez finalizado o paralizado el proceso judicial o administrativo.

El beneficio podrá extinguirse automáticamente ante cualquier incumplimiento, sin necesidad de interpelación judicial.

Los organismos con más de 500 juicios anuales podrán solicitar una adecuación del procedimiento de registración como "Beneficiarios Gran Aportante".

La resolución responde a la necesidad de transparentar, ordenar y proteger el sistema previsional y refuerza el compromiso de la Caja con una gestión eficiente, responsable y equitativa de los recursos que le pertenecen a toda la comunidad jurídica de la provincia.

Para más información, las instituciones interesadas en acceder al beneficio deberán comunicarse con la Secretaría Administrativa de la Caja, donde podrán obtener los requisitos, condiciones y procedimientos para ser incorporados formalmente.


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